Ley 21.719 · Entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026

Tu empresa tiene 211 días para cumplir la Ley 21.719

El 1 de diciembre de 2026 la Agencia de Protección de Datos empieza a fiscalizar. Las multas alcanzan 20.000 UTM ($1.411 millones). Audita tu cumplimiento en 7 minutos con la plataforma multi-agente GOBERNANZA.IO.

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211DÍAS
00HORAS
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00SEGUNDOS

20.000

UTM de multa máxima

$1.411M

Sanción en CLP

4%

Ingresos anuales en Chile

72h

Plazo reporte de brechas

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Nuestra calculadora utiliza los parámetros oficiales de la Ley 21.719 para proyectar la exposición económica de tu empresa ante una eventual fiscalización de la Agencia.

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  • Proyección basada en ingresos anuales reales
Calcular mi exposición a multas
Gran empresa (Ventas > 100.000 UF)
$5.000.000.000
Gravísima (Art. 35 ter)

Multa estimada

$200.000.000 CLP

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Diagnóstico gratuito · 10 preguntas · 7 minutos

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Evaluación de brechas

Identificación precisa de las discrepancias entre tu estado actual y las exigencias de la Ley 21.719.

Análisis de flujos

Mapeo del ciclo de vida del dato: desde la recolección hasta su eliminación definitiva.

Plan de implementación

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Marco normativo · Ley 21.719

Desglose crítico de la Ley

Puntos clave que toda alta dirección debe supervisar antes del 1 de diciembre de 2026.

ART. 14 TER

Principio de responsabilidad

La empresa debe demostrar fehacientemente que cumple con la normativa ante la Agencia de Protección de Datos.

ART. 15

Derecho a la portabilidad

Mecanismos técnicos obligatorios para entregar datos en formatos estructurados a solicitud del titular.

ART. 35 QUATER

Sanciones multiplicadas

Escalabilidad de multas según reincidencia y gravedad. Tope: 4% de los ingresos anuales en Chile.

ART. 12 BIS

Consentimiento explícito

Se acaba el consentimiento tácito. Revisión obligatoria de todas las bases de datos actuales.

ART. 16 TER

Notificación de brechas

Plazo legal de 72 horas para notificar incidentes de seguridad a la Agencia y a los titulares afectados.

ART. 14

Modelos de prevención

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Marco normativo · República de Chile

¿Qué es la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales?

La Ley 21.719 fue promulgada el 25 de noviembre de 2024 por la República de Chile y publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024. Entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026, momento desde el cual todas las empresas que traten datos personales de personas naturales en Chile deberán cumplir con sus disposiciones.

La ley reemplaza el régimen de la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y crea la Agencia de Protección de Datos Personales, autoridad de control con potestad fiscalizadora y sancionatoria.

Datos clave de la Ley 21.719

ConceptoDetalle
Fecha de promulgación25 de noviembre de 2024
Fecha de publicación13 de diciembre de 2024
Entrada en vigencia1 de diciembre de 2026
Multa máxima20.000 UTM (~$1.411 millones CLP)
Autoridad de controlAgencia de Protección de Datos Personales
Plazo de notificación de brechas72 horas (Art. 14 sexies)
Plazo de respuesta a derechos30 días corridos (Art. 11)
Derechos del titularAcceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Portabilidad, Bloqueo (Arts. 5-9)

¿A quién aplica la Ley 21.719?

La Ley 21.719 aplica a toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realice tratamiento de datos personales de personas que se encuentren en Chile. Esto incluye:

  • Empresas establecidas en Chile
  • Empresas extranjeras que ofrezcan bienes o servicios a personas en Chile
  • Empresas que monitoreen el comportamiento de personas en territorio nacional
  • Órganos públicos en el ejercicio de sus funciones legales

Estructura de sanciones (Art. 35)

Las infracciones se clasifican en tres niveles:

  • Leves: hasta 5.000 UTM (~$352.940.000 CLP)
  • Graves: hasta 10.000 UTM (~$705.880.000 CLP)
  • Gravísimas: hasta 20.000 UTM (~$1.411.760.000 CLP)

En caso de reincidencia, la multa puede triplicarse. Para empresas mayores reincidentes en infracciones gravísimas, la multa puede alcanzar el 4% de los ingresos anuales por ventas en Chile.

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